¿Hasta cuándo se puede declarar?


Por Visoor, Startup de Facturación Digital para Pymes.

Con la llegada del mes de abril muchas personas tanto físicas como morales comienzan a preocuparse por la fecha límite para presentar sus declaraciones fiscales correspondientes al ejercicio anterior. Sin embargo, es importante saber que existe la posibilidad de solicitar una prórroga para presentar estas declaraciones.

Una prórroga en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es una extensión de tiempo otorgada a un contribuyente para presentar sus declaraciones fiscales después del plazo establecido por la ley

Prórroga en declaraciones

La prórroga puede solicitarse tanto por personas físicas como por personas morales, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por el SAT y lo hagan dentro del plazo establecido por la ley. La extensión de la prórroga puede tener distinta duración dependiendo del tipo de contribuyente y de la obligación fiscal que deba cumplir.

Personas físicas

La fecha límite para presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2022 es el 30 de abril de 2023. Sin embargo, si el contribuyente necesita más tiempo para presentar su declaración, puede solicitar una prórroga por un periodo de hasta dos meses, es decir, hasta el 30 de junio de 2023. Es importante mencionar que la prórroga debe solicitarse antes del 30 de abril de 2023 y que el contribuyente debe cumplir con ciertos requisitos para poder solicitarla, como haber presentado todas las declaraciones correspondientes al ejercicio anterior y haber pagado todas las obligaciones fiscales.

Personas morales 

La fecha límite para presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2022 depende del mes en que termina su ejercicio fiscal. Por ejemplo, si el ejercicio fiscal de una sociedad mercantil termina en diciembre, la fecha límite para presentar su declaración anual es el 31 de marzo de 2023. Sin embargo, si la sociedad necesita más tiempo para presentar su declaración, puede solicitar una prórroga por un periodo de hasta tres meses, es decir, hasta el 30 de junio de 2023. Al igual que en el caso de las personas físicas, la prórroga debe solicitarse antes de la fecha límite para la presentación de la declaración y el contribuyente debe cumplir con ciertos requisitos.

¿Puedo ser multado por solicitar una prórroga en mis declaraciones?

Además, se debe de tener en cuenta que la solicitud de prórroga no exime al contribuyente de su obligación de presentar la declaración anual y de cumplir con todas sus obligaciones fiscales

El SAT no multa a los contribuyentes que soliciten una prórroga siempre y cuando ésta sea solicitada dentro del plazo establecido y se cumplan con los requisitos establecidos por la ley. Sin embargo, si el contribuyente no presenta la declaración en el plazo de la prórroga concedida, estará sujeto a multas y recargos por mora, ya que la prórroga sólo extiende el plazo para cumplir con las obligaciones fiscales.

Las multas por incumplimiento en la presentación de declaraciones varían según la ley fiscal correspondiente y pueden ser significativas. En el caso de la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR), la multa por presentar la declaración fuera de plazo puede llegar a ser del 1% del saldo a favor por cada mes de retraso, con un límite máximo del 17%. En el caso del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la multa puede ser del 1.5% del valor total de la operación.

Por lo tanto, es importante que los contribuyentes se aseguren de cumplir con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma, y en caso de necesitar una prórroga, la soliciten dentro del plazo establecido y cumplan con los requisitos correspondientes.

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